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lunes, 5 de noviembre de 2012

Suspensión condicional del procedimiento en el Sistema de Justicia.

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POR MIGUEL ANGEL FIGUEREO
Especial para Ecos del Sur.

            Saboreando una tasa de café de la mañana, Don Alejandro se dice así mismo que la vida tiene tantas lecciones, que nadie termina de aprenderlas,  y asegura que los daños  que hizo la tormenta Sandy  son incalculables y mayores fueron, dice, en Estados Unidos. Hoy en Nueva York existe una gran escasez de gasolina y de algunos productos comestibles; miles de ellos no han podido regresar a sus casas. Fue en ese momento que escuchó a su compadre y amigo, Don Ignacio que desde la distancia  exclamó ¡Estos mosquitos no descansan, las autoridades deben disponer una fumiga en el pueblo antes!

            Ya sentado en un mecedora, quitado el sombrero y cruzado las piernas, comenzó a beber el café que le brindó, su también comadre, Doña Milagros.  Fue entonces, cuando le recordó al compadre que en su última conversación, referente al tema de la conciliación en el sistema de justicia, señalándole que lo  convenció con la explicación dada y lo justifico diciéndole que las partes, imputado y víctima, son quienes logran ponerse de acuerdo entre sí. Pero  abriendo los brazos y acercándose al compadre le dice, que Ricardo  un  muchacho del barrio, que cursa el tercer año del bachillerato, fue hecho preso, en su pantalón le ocupado un tabaquito de marihuana, no obstante a eso,  ya está en su casa, le aseguró; agregándole que la justicia lo dejó en libertad con  la obligación de presentarse cada mes por ante el fiscal, para hacerle una análisis para ver si continua consumiendo marihuana y debe  continuar asistiendo al liceo, para probar su asistencia tiene  llevar una certificación  y un record de nota de cada mes. ¡Es por eso que los niveles de delincuencia han aumentado en el país! Exclamó Don Ignacio.

            Don  Alejandro con la sabiduría de los años y de la lectura- le dice- Compadre, cuando el Ministerio Público, le solicitó al Juez de la Instrucción la suspensión condicional del procedimiento, lo hizo apegado al artículo 40 del Código Procesal Penal, diciéndole  de inmediato que el fin de la pena, no es hacer sufrir, sino que las personas que cometen  actos reñidos con la ley, pueden  lograr una reinserción social, aclarándole que en el actual sistema penitenciario no es posible lograr ese objetivo,-los muchachos salen peores de las cárceles.

            -Mire compadre, le dice Don Alejandro, el Ministerio Público y el juez, fueron sabios, durante un año Ricardo no podrá consumir marihuana porque cada mes tendrá que someterse a un examen médico, estoy seguro, le dice que después de ese tiempo no volverá a consumirla, Si está preso es posible que continúe consumiéndola. Observe además, le dice, que el muchacho durante dos años tendrá que asistir al liceo, si quiere continuar disfrutando de libertad, eso quiere decir que al cumplir con esa obligación deberá haber terminado la secundaria, para entrar a la universidad. La justicia, su fin es hacer de los delincuentes personas de bien, reconocedoras que sus actos contrarios a la ley causan daños a la sociedad, es por ello, le dice al compadre que el legislador instauró en el código procesal penal, la solución alternativas de los conflictos, para los ilícitos penales de poca trascendencia, como resulta ser el caso de Ricardo.

            Fue entonces cuando Don Ignacio le aseguró al compadre, que entiende la decisión adoptada por la justicia y pidiéndole permiso se retiró  de la casa, no sin antes solicitarle que le salude a la comadre Milagros, que había salido a la bodega de la esquina.