Nota enviada a Ecos del Sur.
BARAHONA.- La Regional Suroeste del Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (CODIA) rechazó las declaraciones del licenciado Andrés Mota Doné, Gerente de Recursos Humanos del Consorcio Azucarero Central (CAC), en el sentido de que no adeudaba un centavo a nuestra institución.
El ingeniero Manuel Pineda Ramírez dijo que esta información refleja un desconocimiento total de las leyes dominicanas específicamente de la 6160 que crea el CODIA y la 687 del sistema de reglamentación de Ingeniería, arquitectura y ramas afines.
Pineda Ramírez dijo que el articulo 50 de la ley 687 establece que cuando un proyecto no tiene objeción pagará al CODIA una tasa de Dos por mil o un Uno por mil, además es preciso señalar que el Art. No. 1 de la misma ley, señala que para construir, ampliar o de cualquier manera alterar un edificio u otra estructura pública o privada, sin que el propietario y el ingeniero o arquitecto que ha de dirigir los trabajos, someterá a la Obras Publicas los planos correspondientes y los mismos aprobados.
Expresó que el articulo 51 de la ley 687, es clara y precisa y establece que la licencia de construcción o reparación se emitirá a favor del propietario, previa entrega de sellos y recibos de pagos, de manera que el CAC además de no pagar la tasa correspondiente, esta construyendo de manera ilegal, es decir, violando la ley 687.
También en el Art. 9 de la ley 6160 establece que las construcciones, reparaciones, limpieza de canales y drenajes, instalaciones eléctricas, movimientos de tierra, mantenimiento, estudio, consultaría, abonaran al CODIA una tasa de 2x1000 en el caso de obras privadas y 1x1000 en el caso de obras publicas.
De manera , que los actuales arrendatarios del CAC tienen alrededor de 10 años en producción y solamente ha pagado al CODIA 4 años y ha sido una pirrica suma , porque nunca ha transparentado sus inversiones , es decir que deben 6 años al Colegio .
ING. MANUEL ANT. PINEDA R.
Colegiatura No.11, 088
Presidente CODIA,
Regional Suroeste.
El ingeniero Manuel Pineda Ramírez dijo que esta información refleja un desconocimiento total de las leyes dominicanas específicamente de la 6160 que crea el CODIA y la 687 del sistema de reglamentación de Ingeniería, arquitectura y ramas afines.
Pineda Ramírez dijo que el articulo 50 de la ley 687 establece que cuando un proyecto no tiene objeción pagará al CODIA una tasa de Dos por mil o un Uno por mil, además es preciso señalar que el Art. No. 1 de la misma ley, señala que para construir, ampliar o de cualquier manera alterar un edificio u otra estructura pública o privada, sin que el propietario y el ingeniero o arquitecto que ha de dirigir los trabajos, someterá a la Obras Publicas los planos correspondientes y los mismos aprobados.
Expresó que el articulo 51 de la ley 687, es clara y precisa y establece que la licencia de construcción o reparación se emitirá a favor del propietario, previa entrega de sellos y recibos de pagos, de manera que el CAC además de no pagar la tasa correspondiente, esta construyendo de manera ilegal, es decir, violando la ley 687.
También en el Art. 9 de la ley 6160 establece que las construcciones, reparaciones, limpieza de canales y drenajes, instalaciones eléctricas, movimientos de tierra, mantenimiento, estudio, consultaría, abonaran al CODIA una tasa de 2x1000 en el caso de obras privadas y 1x1000 en el caso de obras publicas.
De manera , que los actuales arrendatarios del CAC tienen alrededor de 10 años en producción y solamente ha pagado al CODIA 4 años y ha sido una pirrica suma , porque nunca ha transparentado sus inversiones , es decir que deben 6 años al Colegio .
ING. MANUEL ANT. PINEDA R.
Colegiatura No.11, 088
Presidente CODIA,
Regional Suroeste.
