PEDERNAES.- La presidenta del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, Gisselle Méndez, inició próximo a este mediodía la audiencia incidental donde la defensa de Jaime Rodríguez Guzmán pide declarar la extinción de la acción penal en el caso de Bahía de las Águilas.
El consejo de defensa del exdirector del Instituto Agrario Dominicano (IAD) Rodríguez Guzmán y su esposa Margarita Martínez, que encabeza el abogado Francisco Taveras, pide al tribunal declarar extinguida la acción penal en el proceso de expropiación de cientos de miles de metros en Bahía de las Águilas.
Alega que transcurrieron más de los tres años en el proceso, previsto y sancionado en el control de la duración de cada proceso judicial.
Indica además la prescripción relativa al vencimiento del plazo igual al máximo de la pena, el cual nunca podrá exceder de diez años en virtud del inciso 2, artículo 44 del Código Procesal Penal.
Taveras precisa que el proceso inició en fecha 16 de agosto de 2007 y culminó el 16 de agosto de 2010 sin que exista sentencia de primer grado.
Al abogado indica que si bien es cierto que la sociedad en su conjunto le atañe la ejemplarizadora penalización de las conductas delictivas, no es menos cierto que esta debe realizarse dentro de los plazos que la ley dispone.
“aceptar lo contrario sería admitir que los procesos judiciales podrían prolongarse ilimitadamente en detrimento del supremo principio que consagra el derecho de todo ciudadano a una justicia pronta, imparcial y oportuna”, sostuvo.
La fiscal Yeni Berenice Reynoso subió a estrado a presentar sus alegatos junto a la abogada Laura Acosta Lora.
El consejo de defensa del exdirector del Instituto Agrario Dominicano (IAD) Rodríguez Guzmán y su esposa Margarita Martínez, que encabeza el abogado Francisco Taveras, pide al tribunal declarar extinguida la acción penal en el proceso de expropiación de cientos de miles de metros en Bahía de las Águilas.
Alega que transcurrieron más de los tres años en el proceso, previsto y sancionado en el control de la duración de cada proceso judicial.
Indica además la prescripción relativa al vencimiento del plazo igual al máximo de la pena, el cual nunca podrá exceder de diez años en virtud del inciso 2, artículo 44 del Código Procesal Penal.
Taveras precisa que el proceso inició en fecha 16 de agosto de 2007 y culminó el 16 de agosto de 2010 sin que exista sentencia de primer grado.
Al abogado indica que si bien es cierto que la sociedad en su conjunto le atañe la ejemplarizadora penalización de las conductas delictivas, no es menos cierto que esta debe realizarse dentro de los plazos que la ley dispone.
“aceptar lo contrario sería admitir que los procesos judiciales podrían prolongarse ilimitadamente en detrimento del supremo principio que consagra el derecho de todo ciudadano a una justicia pronta, imparcial y oportuna”, sostuvo.
La fiscal Yeni Berenice Reynoso subió a estrado a presentar sus alegatos junto a la abogada Laura Acosta Lora.