Nota enviada a Ecos del Sur
BARAHONA.- La Cámara Civil, Comercial y del Trabajo de la Corte de Apelación del Departamento Judicial del Suroeste, favoreció a siete enfermeras que interpusieron una demanda laboral contra una clínica privada de esta ciudad que prescindió del contrato de trabajo pero que se negaba a pagarles sus prestaciones laborales.
Odalis Samboy Paulino, Lucrecia Alcántara, Gloria B. Ferreras Canario, Adalgisa R. Martínez Ramírez, María E. Pérez Díaz, Mirtha de la Rosa Belisario y Cecilia Jiménez, fueron favorecidas con la sentencia 2013-00015, del 29 de mayo pasado en contra de la clínica Santo Tomás.
Además, de ordenar el pago de las prestaciones laborales a las trabajadoras de la salud, el centro médico privado fue condenado al pago de las costas a favor del abogado, licenciado Dannerys Arias Ramírez.
El tribunal de alzada dispuso que la sentencia sea ejecutada al tercer día de su notificación no obstante cualquier recurso de la parte demandada, representada en el abogado Prado López Cornielle.
Las enfermeras hablando a través de Arias Ramírez, dijeron que no se sienten que han ganado por haber sido favorecidas con la demanda laboral por el tribunal compuesto por Alba Selenne Burroughs, juez presidenta, Newton Alexis Pérez y Gilberto Andrés Medrano Bello, debido a que en ese lugar dejaron toda su vida.
“Reconocemos en la clínica Santo Tomás un centro que ha prestado un valioso aporte en términos de salud, no solo a este municipio, sino que su labor es reconocida en toda la Región Enriquillo, porque se trata de un centro que se ha convertido en un referente importante en la historia y la cultura de la zona Suroeste”, dijeron.
Historia
Se recuerda que en septiembre del 2009 el establecimiento de salud privado fue afectado por un incendio que provocó daños en la emergencia.
Ante el incendio sufrido la administración de la clínica dispuso rebajarles el salario a las enfermeras de manera unilateral y aumentarle el horario de trabajo, sin justificaciones que avalaran su decisión.
Ante esa situación este grupo de enfermeras no aceptaron la disposición de su empleador e hicieron una dimisión justificada ante la oficina local del Ministerio de Trabajo como lo establece el Código laboral.