SANTO DOMINGO.- La fiscal del Distrito Nacional presentó un recurso de casación en contra de la sentencia que declaró la extinción de la acción penal a favor del ex director del Instituto Agrario Dominicano (IAD), Jaime Rodríguez Guzmán, su esposa y su hermano, acusados de apropiación de terrenos en Bahía de las Águilas.
Yeni Berenice Reynoso presentó el recurso ante la secretaria del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, con el propósito de que la Suprema Corte de Justica anule la decisión y disponga la celebración de un nuevo juicio.
La fiscal sostiene en una instancia de 25 páginas que la jueza Gissell Méndez Álvarez al dictar la decisión no observó la norma y violación a la regla de la racionalidad, la lógica y el ámbito de la competencia.
Aunque reconoce que el artículo 305 del Código Procesal Penal le da la facultad al juez presidente de un tribunal colegiado de decidir los incidentes, “no es menos cierto que la extinción de la acción penal no se puede ver como un incidente, sino como una cuestión prejudicial que afecta el fondo del asunto’’
Se recuerda que sobre el mismo caso los jueces del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional habían declarado extinguida la acción penal del caso de Bahía de las Águilas, pero el Ministerio Público recurrió en casación y los jueces de la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte anularon la sentencia y ordenaron la celebración de un nuevo juicio. Antes esta situación la Suprema apoderó el caso al Primer Tribunal Colegiado, el cual falló a favor del ex director del IAD.
Yeni Berenice Reynoso presentó el recurso ante la secretaria del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, con el propósito de que la Suprema Corte de Justica anule la decisión y disponga la celebración de un nuevo juicio.
La fiscal sostiene en una instancia de 25 páginas que la jueza Gissell Méndez Álvarez al dictar la decisión no observó la norma y violación a la regla de la racionalidad, la lógica y el ámbito de la competencia.
Aunque reconoce que el artículo 305 del Código Procesal Penal le da la facultad al juez presidente de un tribunal colegiado de decidir los incidentes, “no es menos cierto que la extinción de la acción penal no se puede ver como un incidente, sino como una cuestión prejudicial que afecta el fondo del asunto’’
Se recuerda que sobre el mismo caso los jueces del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional habían declarado extinguida la acción penal del caso de Bahía de las Águilas, pero el Ministerio Público recurrió en casación y los jueces de la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte anularon la sentencia y ordenaron la celebración de un nuevo juicio. Antes esta situación la Suprema apoderó el caso al Primer Tribunal Colegiado, el cual falló a favor del ex director del IAD.
