POR SANTOS SALVADOR CUEVAS
Para Ecos del Sur
Ser una nación soberana es tener capacidad para definir sus leyes y su Constitución; tener potestad para definir su carácter de Gobierno, si es monárquico o republicano, etc.; ser soberano es poseer facultad para decidir a quién dar la nacionalidad y derechos para permanecer en el ámbito de su territorio nacional.
Es esa misma potestad que emana de una nación soberana, lo que facultad a la representación del Estado a firmar acuerdos y convenios con otras naciones y/o organismos internacionales, llámese Tribunal Internacional de la Haya, Comisión Interamericana de los Derechos Humanos, Protocolo de Kioto sobre el cambio climático, acuerdo de ex-tradición con otra nación etc.
Los mismos son acuerdos que se dan en el marco del derecho internacional entre las naciones, los que están sujetos al respeto y la asunción de decisiones previamente establecidas en reglamentos que ambas partes asumen.
Más, sin embargo, ninguna nación del mundo, eso dice la experiencia histórica, a condicionado, ni subordinado su potestad de nación soberana a decisiones que emanen de ningún organismo internacional, al contrario, los convenios se asumen con el interés supremo de fortalecer los derechos de sus ciudadanos, preservar su territorio y mantener su soberanía como nación. No hay, no existe, ni ha existido jamás experiencia en donde una nación cambia o subordina su soberanía, ni por un plato de lentejas, ni por todo el oro del mundo, ni por la más humillante de la complacencia con potencias (grandes o pequeñas). Pobre del Gobierno que renuncia a ese deber sagrado que implica la defensa a sus atribuciones soberanas.
La Sentencia de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, evacuada el 28 de agosto del 2014 Serie C, número 282 de dicha corte en la que condena a la nación dominicana por supuestas violaciones a derechos de emigrantes haitianos, constituye una intromisión grosera en los asuntos que son soberanos del pueblo y nación dominicana.
Los mojados de Tijuana son apresados recurrentemente al cruzar el río Bravo y en los Estados Unidos de América son sancionados sin contemplaciones y en coherencia con sus leyes que emanan de su soberanía nacional. Por supuesto, para ellos no existen sanciones, ni resoluciones groseras de una mal llamada Corte Interamericana que no es más que una quinta columna del Departamento de Estado, útil solamente para aplicar una política de chantaje que lleve a la sumisión de los Gobiernos y presentarse como los policías del mundo.
Para Ecos del Sur
Ser una nación soberana es tener capacidad para definir sus leyes y su Constitución; tener potestad para definir su carácter de Gobierno, si es monárquico o republicano, etc.; ser soberano es poseer facultad para decidir a quién dar la nacionalidad y derechos para permanecer en el ámbito de su territorio nacional.
Es esa misma potestad que emana de una nación soberana, lo que facultad a la representación del Estado a firmar acuerdos y convenios con otras naciones y/o organismos internacionales, llámese Tribunal Internacional de la Haya, Comisión Interamericana de los Derechos Humanos, Protocolo de Kioto sobre el cambio climático, acuerdo de ex-tradición con otra nación etc.
Los mismos son acuerdos que se dan en el marco del derecho internacional entre las naciones, los que están sujetos al respeto y la asunción de decisiones previamente establecidas en reglamentos que ambas partes asumen.
Más, sin embargo, ninguna nación del mundo, eso dice la experiencia histórica, a condicionado, ni subordinado su potestad de nación soberana a decisiones que emanen de ningún organismo internacional, al contrario, los convenios se asumen con el interés supremo de fortalecer los derechos de sus ciudadanos, preservar su territorio y mantener su soberanía como nación. No hay, no existe, ni ha existido jamás experiencia en donde una nación cambia o subordina su soberanía, ni por un plato de lentejas, ni por todo el oro del mundo, ni por la más humillante de la complacencia con potencias (grandes o pequeñas). Pobre del Gobierno que renuncia a ese deber sagrado que implica la defensa a sus atribuciones soberanas.
La Sentencia de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, evacuada el 28 de agosto del 2014 Serie C, número 282 de dicha corte en la que condena a la nación dominicana por supuestas violaciones a derechos de emigrantes haitianos, constituye una intromisión grosera en los asuntos que son soberanos del pueblo y nación dominicana.
Los mojados de Tijuana son apresados recurrentemente al cruzar el río Bravo y en los Estados Unidos de América son sancionados sin contemplaciones y en coherencia con sus leyes que emanan de su soberanía nacional. Por supuesto, para ellos no existen sanciones, ni resoluciones groseras de una mal llamada Corte Interamericana que no es más que una quinta columna del Departamento de Estado, útil solamente para aplicar una política de chantaje que lleve a la sumisión de los Gobiernos y presentarse como los policías del mundo.
Ningún pueblo ser libre merece el dictamen de ningún aparato extra nacional que ponga en juego las facultades que son soberanas y únicas del pueblo y nación dominicana.
Para los haitianos, así como italianos, chinos, puertorriqueños, etc. que están en tránsito y/o residen aquí, siempre seremos abanderados de que se le dé el trato humano que deseamos para cualquier dominicano en cualquier rincón de la tierra.
Eso es una cosa, sagrada si se quiere.
Pero la Soberanía Nacional no se negocia ni se coloca a merced de ningún tratado.
Sigamos el ejemplo de Venezuela, Bolivia, Ecuador, otros y mandemos esa Corte Interamericana para el carajo y punto.
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