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jueves, 27 de noviembre de 2014

SAN JOSE DE OCOA: EDESUR desconecta lámparas

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POR FRANK CASADO

SAN JOSE DE OCOA.-
La constitución de la República, proclamada el 26 de enero del 2010, consagra en su artículo 147 un derecho de segunda generación que consideramos importante enseñar a ciertas instituciones, que al parecer no han tenido tiempo para aprenderlo. Se trata del derecho a los servicios públicos.

La electricidad fue declarada servicio público en nuestro país mediante ley, por el ex presidente Rafael Leónidas Trujillo y el legislador constituyente en la última reforma a la carta magna le otorgó rango constitucional, estableciendo que: “los servicios públicos están destinados a satisfacer las necesidades de interés colectivo”, por lo cual el interés privado nunca podrá sobreponerse al de la nación.

Desarrollo este tema ante la indignación provocada por la Oscuridad a que somete la EDESUR en la entrada de este municipio quien según sus propios funcionarios locales, procedieron a desconectar 5 lámparas del alumbrado público, alegando que supuestos invasores de los terrenos de la familia Pimentel, se conectaban de allí para “robarse” el servicio Eléctrico.

Este acto de barbarie, que coloca a los ocoeños y quienes nos visitan en la oscuridad del Medioevo, es una muestra más de la incompetencia de quienes dirigen en la actualidad la parte empresarial del sector eléctrico, pues ante la incapacidad gerencial de establecer una relación comercial efectiva e individual con los usuarios, se acude a métodos de represión colectiva, que en esta ocasión ha provocado lo que he definido como una “muerte eléctrica”.

La constitución dominicana declara que “el Estado garantiza el acceso a servicios públicos de calidad” y que éstos “deben responder a los principios de universalidad, accesibilidad, eficiencia, transparencia, responsabilidad, continuidad, calidad, razonabilidad y equidad tarifaria”.