BUSCAR EN NUESTRA PAGINA

Header Ads

martes, 11 de agosto de 2015

EL JILGUERO: Decisión conservadora de la JCE

0 comments
POR SANTOS SALVADOR CUEVAS
Para Ecos del Sur

De manera unánime el Pleno de la Junta Central Electoral, resoluto que los que habitan en los distritos municipales podrán elegir sus autoridades de manera directa, es decir, que podrán marcar la foto de su preferencia el día de las elecciones generales; superando así la experiencia hasta ahora vigente en donde los moradores distritales podían elegir a sus representantes pero de manera indirecta, cuando votaban por la propuesta municipal, de manera indirecta lo hacían por el Director de Junta.

Hasta ahí la Resolución del Tribunal Electoral, digamos que es correctísima, pero antes también los habitantes distritales podían seleccionar con sus votos a sus representantes, esos votos se le contaban de manera indirecta, pero eran sus votos, sin embargo, no es ahí donde posa la esencia del problema.
El caso se ha solucionado a media, toda vez que el habitante distrital tendrá a su merced la Boleta con las distintas ofertas o propuestas de cada corriente partidaria; pero, lo que la sociedad espera ver superado es la doble facultad de votar que se otorga a los habitantes del distrito, mientras que quienes habitan en el municipio solo eligen una sola vez.

Al modificarse la legislación electoral y dar origen al distrito, no sólo se delegó poder ejecutivo en la Junta Distrital, sino también que los recursos otorgados por el Estado dominicano, fueron también divididos en partes iguales, según la población bajo su control. Los poderes del alcalde y el director de junta son idénticos, no hay facultades ejecutivas del alcalde en el Distrito, ni hay derechos ni razones que faculten demandas de los habitantes del distrito a la sindicatura municipal.

Por tal razón, no existe argumento que justifique la permanencia del doble voto de un habitante para elegir al director de junta y al Alcalde a la vez.
Es más, no existe en el mundo ninguna legislación electoral en donde se de la facultad que reciben los habitantes de los distritos municipales de la Republica Dominicana para decidir con sus votos su destino y con el mismo voto decidir sobre el destino ajeno.

La JCE electoral se quedó corta y, de una junta vanguardista, innovadora y modernista, (con esa Resolución) deviene en conservadora y usurpadora de derechos ajenos; la JCE se niega a sí misma y tira al olvido los mismos argumentos que recientemente esgrimió por los medios masivos de comunicación e, incluso, las consultas que hizo a los partidos en aras de que se asuma la separación del voto del distrito y del municipio.

Más todavía, el Lic. Roberto Rosario, se apersonó a la prensa para persuadir al Congreso Nacional de que apruebe el consenso a que habían llegado los principales partidos del sistema, luego de la reunión encabezada por Monseñor Agrípino Núñez, en compañía de Reinaldo Pared y Franklin Almeyda (PLD); Miguel Vargas y Víctor Gómez (PRD); Cristina Lizardo, presidenta del Senado y Abel Martínez, Cámara de Diputado, entre otros.

El mismo presidente de la JCE, reclamaba que se apruebe en el Congreso la Ley de Partidos, que contemplaba la separación del voto municipal y distrital, llegándose aprobar en primera y segunda y lectura en la Cámara de Diputados, quedando pendiente aún de aprobación en el Senado.

Como se puede apreciar, la JCE o, para ser justo, sus principales autoridades se niegan a sí misma y, con tal Resolución, resuelven lo del derecho directo de los del distritos a elegir y ser elegidos, pero dejan a los habitantes del municipio a merced de quienes ni viven ni se benefician de lo que pase en los ayuntamientos municipales.

Es una contrariedad que en un mismo proceso, unos voten dos veces por doble mandatos de doble autoridades en un mismo territorio, mientras a unos se le permite votar una sola vez.

En pocas palabras, seguimos anclados en el pasado, en donde cuerpos extraños al municipio están llamados por la Junta Central Electoral a continuar decidiendo el destino ajeno.

Esa es una tarea pendiente, que las autoridades electorales y legislativas deben resolver.