Barahona.-
El Subdirector de la UASD Centro Barahona, Maestro Manuel Antonio de la
Cruz Fernández, afirmó que el Ministerio de Educación (MINERD), viola
la Constitución de la República y la Ley General de Educación 66-97.
El
funcionario académico, quien también es abogado, señaló que el primero
de octubre del año 2013, el Consejo Nacional de Educación, decidió
cambiar la estructura académica del sistema educativo dominicano
eliminando el nivel básico y creando en su lugar el primario.
Afirmó
que la decisión adoptada por el organismo rector de la educación en el
país, violenta el artículo 32, de la Ley 66-97, que establece que el
sistema educativo comprende cuatro niveles: inicial, básico, medio y
superior.
“La
decisión de eliminar el nivel básico y crear el primario, viola la Ley
66-97 en sus artículos 32, 35, 36, 37, 38, y 39; el numeral 3, del
artículo 63 de la Constitución”, significó.
Precisó
que la Constitución y la Ley 66-97, reconocen al nivel básico como uno
de los niveles educativos y que, por lo tanto, forman parte de la
estructura académica del sistema.
Dijo
que por esa razón una ordenanza no puede eliminar un nivel y que de
ocurrir, como en efecto ocurrió, constituye en un acto nulo de forma
absoluta.
Consideró
que por tratarse de una violación a la Carta Magna y la Ley 66-97, es
nulo el diseño curricular editado por el Minerd para el nivel primario,
el cual se asume desde el año escolar 2013-2014; conforme a los
artículos 6 y 69 de la Constitución.
Sostuvo
que el Minerd es el más llamado a cumplir y hacer cumplir la ley, por
su compromiso social y que si deseaba cambiar la estructura académica y
el objetivo que es el nivel básico, debió primero promover la
modificación de la Constitución y la ley 66-97 en los artículos
citados”.
“Debió
promover esa intención a través del Pacto Nacional para la Reforma
Educativa, que promueve y ejecuta el gobierno del presidente Danilo
Medina, que ha demostrado tener alto interés por la educación”, observó.
Recordó
que la ley, como fuente directa del Derecho, es considerada como la
principal fuente de Derecho Positivo, por lo que se convierte en garante
de la convivencia armónica de los individuos en la sociedad para
beneficio de gobernantes y gobernados.
De la
Cruz Fernández, afirmó que una de las características del Derecho, es la
generalidad y obligatoriedad, “es decir, aplicable para quienes
gobiernan y los que son gobernados”.
Señaló
que el artículo 6 de la Constitución dispone que todas las personas y
los órganos que ejercen potestades públicas estén sujetos a la
constitución, como norma suprema y fundamento del ordenamiento jurídico
del Estado; por lo que son nulos de pleno derecho toda ley, decreto,
resolución, reglamento o actos contrarios a ella.
