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viernes, 12 de julio de 2019

SANTO DOMINGO: Poder Ejecutivo promulga ley que regula los símbolos patrios, de la autoría del Senador Eddy Mateo

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SANTO DOMINGO: El portavoz del Gobierno y director general de Comunicación, Roberto Rodríguez Marchena informó este viernes que el presidente Danilo Medina promulgó mediante el decreto  210-19 la ley que regula el uso de los símbolos patrios de la República Dominicana.

La iniciativa autoría  de los senadores Eddy Mateo Vásquez, Juan Orlando Mercedes y Manuel Paula, representantes de las provincias Barahona, Independencia y Baoruco, respectivamente, precisa que “constituye la viva expresión de la independencia y la soberanía del pueblo dominicano, resaltando de manera permanente, las esperanzas, aspiraciones y los deseos de progreso y paz de los dominicanos”.

En el mismo ámbito el proyecto reglamenta el uso de los símbolos patrios como la Bandera, el Escudo y el Himno Nacional, y establece las medidas específicas que debe tener la bandera nacional, regula las normas para su uso en los espacios públicos y privados.

La iniciativa prohíbe quemar, destruir en público y arrojar al suelo la Bandera Nacional en señal de menosprecio, colocar letreros o imágenes sobre la misma, limpiar el piso, pared, una plataforma y cualquier objeto. También cubrir con el féretro de alguien que en vida no haya reunido las condiciones para ser considerado un ciudadano ejemplar.

El proyecto manda a las estaciones de radio y televisión localizadas en la zona fronteriza, que incluye las provincias Bahoruco, Santiago Rodríguez, Montecristi, Pedernales, Dajabón, Independencia y Elías Piña difundir en su programación diaria por lo menos dos mensajes de no menos de treinta segundos sobre los símbolos y valores patrios dominicano.

Indicó que para enhestar la bandera es obligación de todas las dependencias estatales, organismos autónomos y descentralizados del Estado, oficinas municipales, planteles escolares y universitarios, sean estos públicos o privados, bibliotecas públicas y embajadas, consulados y legaciones diplomáticas dominicanas en el extranjero, todos los días laborables, en horario de ocho de la mañana hasta la 5:30 de la tarde.