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viernes, 29 de mayo de 2020

OPINIÓN: Que no haya segunda vuelta si un candidato obtiene más del 48% de los votos

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Por Carlos Julio Féliz Vidal

El Derecho se nutre de precedentes. En República Dominicana se puede ser presidente de la República sin obtener al menos, más de la mitad de los votos válidos emitidos, como lo dispone el artículo 209.1 de la Constitución.   Este precedente se sentó en las elecciones del año 2000, donde el presidente Hipólito Mejía no obtuvo más del cincuenta por ciento de los votos válidos emitidos.

El candidato que obtuvo el segundo lugar, Danilo Medina, no recibió el apoyo para ir a una segunda vuelta, del candidato que obtuvo el tercer lugar, Joaquín Balaguer.

Ante el desistimiento de concurrir a una segunda elección, fue declarado, proclamado y juramentado Hipólito Mejía como presidente constitucional., sin haber alcanzado la mayoría calificada prevista en la Constitución.  El país va a celebrar unas elecciones congresuales y presidenciales el 5 de julio, en medio de una pandemia en crecimiento, que pone en riesgo la salud y la vida de decenas de miles dominicanos.

En las elecciones legislativas, se gana por mayoría simple. En Las elecciones para el nivel presidencial y vicepresidencial se gana con mayoría calificada de más del cincuenta por ciento de los votos válidos emitidos.

Si eventualmente, ninguna candidatura llega al porcentaje constitucional, al país se le expondría de nuevo a otra elección, y por lo tanto, a un riesgo mayor de contagiarse, bajo el entendido de que la primera elección dejará un número alto de enfermos por la gran movilidad social que se produce en un certamen electoral, donde el peligro no sólo está en el colegio, también está en los medios de transporte y en los contactos de las personas entre si, antes y después del certamen electoral (visitas a familiares y amigos de los que se trasladan a otros pueblos) y en los festejos de los que se consideren ganadores.

Ante este escenario, la clase política debería consensuar que si una candidatura obtiene mas del 48 por ciento de los votos válidos emitidos, la segunda candidatura con derecho a ir a otra vuelta electoral, desista de presentarse a una nueva elección para evitarle al pueblo el riesgo de un mayor contagio por el covid 19, bajo el entendido de que lo que es igual no es ventaja.

Técnicamente es muy difícil que quien obtiene más del 48 por ciento de los votos, no gane en la segunda convocatoria, por eso proponemos este alto porcentaje.

Sólo en una ocasión el país ha concurrido a la segunda vuelta, lo que ocurrió en 1996, si bien en esa ocasión ganó la segunda candidatura, Leonel Fernández, a la primera, José Francisco Peña Gomez, varios factores explican el suceso.1. Peña obtuvo sólo el 47 por ciento de los votos en primera vuelta, mientras el PLD y aliados obtenían 38% y el Partido Reformista el 14.9 por ciento, ambos porcentajes sumados eran mayor que el del PRD. 2. La alta taza de rechazo de Peña Gómez
3. El pacto patriótico que endosó todo los votos reformistas a Leonel Fernández, que promovió y apoyó Joaquín Balaguer, para cerrarle el paso a Peña Gómez y a Fernando Álvarez Bogart. 4. El conocido cáncer de Peña Gómez, que convertiría en Presidente a un enemigo político declarado del presidente Balaguer, quien habiendo sido un dirigente de primer orden del Partido Reformista, decidió apoyar, como candidato vice presidencial al archirrival de Balaguer, el Dr. Peña Gómez.

En las actuales circunstancias, no existen las condiciones para que se unifiquen, a mi modo de ver las cosas, de manera monolítica, la segunda y la tercera opción electoral, independientemente de quienes vayan a segunda vuelta.

Algunos podrían decir que 48 por ciento todavía deja abierta la posibilidad de que pierda la primera opción, ese aspecto no es discutible, Hipólito Mejía podía, si a eso vamos, perder remotamente la segunda vuelta en el 2000, si todos sus opositores se unificaban en su contra.

Hipólito Mejía obtuvo 49.87 de los votos, Danilo Medina 24.94 y Joaquín Balaguer 24.60, Danilo y Balaguer tenían 49.54 por ciento de los votos, separados por una fracción de 0.33 por ciento de Mejía.

Los otros votos los tenía el PRN (0.10%), PTD (0.19%), La Alternativa (0.19%) y Unido con 0.11 por ciento.

Lo que se está planteando es una fórmula de consenso, igual para todos los partidos, a los fines de que si una candidatura se acerca tanto al 50 por ciento de los votos, se le considere como ganadora, desistiendo de ir a una segunda vuelta, que sería también una segunda exposición masiva de la población al contagio por el coronavirus.

Esta decisión no sería contraria al Derecho Constitucional, ni al Derecho Electoral, tanto por el precedente conque cuenta el país, como por principios básicos del derecho común que permiten soluciones anticipadas a controversias públicas y privadas.

La propuesta que formulamos, la hacemos entendiendo que la sensatez y madurez de la clase política dominicana, les puede permitir comprender su pertenencia práctica, al tiempo que colocan la salud, la vida y el bienestar del pueblo dominicano por encima de las preferencias transitorias que se derivan del legítimo debate electoral.

El autor es constitucionalista, fue funcionario electoral en la gestión de la JCE encabezada por Estrella Sadhala.