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martes, 2 de febrero de 2021

La provincia Bahoruco merece Un Plan Estratégico de Desarrollo como Manda la Constitución

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Por Welkin Cuevas
 
El Plan Estratégico, es una herramienta de la buena administración; útil para propiciar el desarrollo sostenible, implementar acciones para generar riquezas y producir empleos en las provincias; similar a la planificación que implementan las organizaciones públicas y privadas como mecanismo de gestión y guía en la toma de decisiones, con objetivos, metas y soluciones en distintas vertientes.
 
En la planificación estratégica interviene un conjunto de personas trabajando por una causa común: -como es, o por lo menos debe ser- el Desarrollo de la provincia Bahoruco- para cuyo propósito existe una obligación establecida por la Constitución de la República (artículos 238 al 242) en cuyas disposiciones establece el Sistema Nacional de Planificación e Inversión Pública.
 
Esos mismos artículos constitucionales establecen entre sus principios, la eficiencia y la transparencia, sobre los cuales deben accionar las instituciones y demarcaciones para lograr que las respectivas necesidades sean asumidas como prioridades del Presupuesto General del Estado.
 
La transparencia a su vez se hace acompañar de la necesaria participación de la ciudanía desde el seno de las comunidades, secciones, distritos y municipios, en la identificación de las problemáticas, necesidades y posibles soluciones; las que serán diseñadas como políticas públicas concretizadas en los programas, proyectos y otras iniciativas de alcance provincial.
 
Esa misma visión hacia la planificación participativa y democrática para el Desarrollo local orientado por las disposiciones constitucionales citadas, también la reitera la Ley Num.1-12 que instituye la Estrategia Nacional de Desarrollo, cuyo artículo 15 establece que: “Deberá promoverse la participación social en la formulación, ejecución, auditoría y evaluación de las políticas públicas, mediante la creación de espacios y mecanismos institucionales que faciliten la corresponsabilidad ciudadana, la equidad de género, el acceso a la información, la transparencia, la rendición de cuentas, la veeduría social y la fluidez en las relaciones Estado-sociedad”.  
 
El órgano responsable del Plan Estratégico Local, es Consejo de Desarrollo Provincial, el cual, conforme al artículo 15 de la Ley de Planificación e Inversión Pública, No. 498-06, estará integrado por: i. El Gobernador de la provincia; ii. El Senador de la Republica por la provincia; iii. Los Diputados al Congreso por la provincia; iv. Los Síndicos de los municipios que constituyen la provincia; v. Un representante de las asociaciones empresariales y/o las Cámaras de Comercio y Producción de la provincia; vi. Un representante de las instituciones de educación superior de la provincia; vii. Un representante de los gremios profesionales de la provincia; viii. Un representante de las asociaciones agropecuarias, juntas de vecinos y organizaciones no gubernamentales reconocidas por su trabajo en la comunidad.
 
Otra norma complementaria es el Decreto Núm. 493-07, del 4 de septiembre de 2007, cuyo artículo 6 ordena que las demandas y propuestas generadas por los Consejos de Desarrollo Municipales serán elevadas a los Consejos de Desarrollo Provincial y este a su vez las consolidará y las elevará al Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo.
 
En la actualidad, sí cuentan con sus respectivos planes de Desarrollo las provincias de Hato Mayor, Monte Plata y Barahona, para citar algunos ejemplos de demarcaciones con potencial agrícola, agroindustrial y de turismo rural similar a las características productivas de Bahoruco.
 
Es más grave saber que no contamos con un plan estratégico de desarrollo provincial en ejecución, aunque tenemos los mismos recursos que brindan los Planes Nacionales e Institucionales arriba citados, así las investigaciones sobre la realidad de Bahoruco brindada por el instituto de Monterrey en coordinación con el Ministerio de Economía (MEPyD) y en armonía con los Objetivos de Desarrollo Sostenibles (ODS).
 
Mientras ese deber está pendiente, continuamos promoviendo la oportunidad para que decidamos juntos, lanzar un Plan Estratégico para Bahoruco; como un reto que debemos asumirlo unificados por una causa común -sin importar, ni esperar la categoría de un cargo formal- porque lo que está en juego es el deber cívico de sobreponer el potencial local, frente a las problemáticas y necesidades que caracterizan nuestra provincia.

Igual que abordamos la obligación un Plan pendiente de ejecución en nuestra provincia, en un próximo trabajo enfocaremos el procedimiento institucional para aprovechar, en forma proactiva, ese mecanismo con el que debemos conectar la realidad socioeconómica de Bahoruco con las políticas públicas de desarrollo planificado.