BUSCAR EN NUESTRA PAGINA

Header Ads

jueves, 24 de junio de 2021

PROCOMPETENCIA dicta reglamento para el establecimiento de un régimen de reducción de sanciones

0 comments
Santo Domingo: El Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (PRO-COMPETENCIA) hace público el “Reglamento para el establecimiento de un Régimen de Reducción de Sanciones por Colaboración en el mercado de procedimiento de investigación de prácticas concertadas y/o acuerdos anticompetitivos”.

El reglamento tiene como objetivo establecer un Régimen de Reducción de Sanciones para los agentes económicos que colaboren efectivamente con ProCompetencia en la investigación y persecución de prácticas concertadas y/o acuerdos anticompetitivos, establecidos en el artículo 5 de la Ley General de Defensa de la Competencia, núm. 42-08, en los que participen o hubiesen participado.

En efecto, el reglamento aprobado desarrolla la política general y condiciones requeridas para acoger al Régimen de Reducción de Sanciones por colaboración; dentro de estas se encuentra la reducción de la multa a los agentes económicos que revelen su participación en una práctica concertada o acuerdo anticompetitivo entre competidores que afecte las condiciones de competencia de cualquier mercado de bienes y servicios, facilitando información y elementos probatorios que sirvan para la comprobación directa de una infracción. De igual forma, para beneficiarse de esto, el agente económico solicitante deberá cumplir con una lista de condiciones cumulativas; entre estas, que las pruebas aportadas por el solicitante sean relevantes y concluyentes para sustanciar la investigación y comprobar la presunta existencia de la práctica.

En cuanto a los rangos de reducción de la sanción, ProCompetencia podrá aplicar la multa mínima establecida en el artículo 61 de la Ley 42-08 para las distintas infracciones tipificadas en el artículo 5 de la Ley 42-08 al primer solicitante; así como una reducción de entre un 50% y un 70% de la multa que corresponda imponer al segundo y posteriores solicitantes.

Los agentes económicos deberán presentar una solicitud formal y una vez recibida por la Dirección Ejecutiva procederá a conceder una reserva de puesto según el orden de presentación, siendo esta la confirmación de que cual agente económico fue el primero en solicitar acogerse al régimen de reducción de sanción. En caso de que la solicitud sea rechazada por no cumplir con los requisitos y condiciones establecidas, la Dirección Ejecutiva lo comunicará y justificará por escrito, dentro de los diez días hábiles posteriores a su recepción.

Por el contrario, si la solicitud cumple con los requisitos y las pruebas facilitadas por el agente económico, hacen aportes que sirven para la comprobación directa de una infracción, la Dirección Ejecutiva lo establecerá en un Informe de Instrucción aclarando los elementos aportados por el solicitante, el cumplimiento de los requerimientos para acogerse al régimen y el nivel de reducción de la sanción aplicable.

Sobre PROCOMPETENCIA

La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (PRO-COMPETENCIA) es el organismo del Estado dominicano responsable de promover y garantizar la competencia efectiva en el mercado de productos y servicios con el objetivo de incrementar la eficiencia económica de los mismos. De igual manera, vela por el eficiente funcionamiento de los mercados en una libre competencia, una cultura de buenas prácticas en los diferentes ramos de la actividad económica nacional y la promoción de políticas públicas que promuevan la competencia eliminando restricciones al ejercicio responsable del derecho a la libre empresa.

PRO-COMPETENCIA es un organismo descentralizado con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía jurisdiccional y administrativa para el ejercicio de sus facultades legales y el cumplimiento de los objetivos de la Ley General de Defensa de la Competencia, Núm. 42-08.