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miércoles, 4 de octubre de 2023

Subdirectora de la DGII revela cómo la Ley 51-23 puede liberarte de deudas fiscales antiguas

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SANTO DOMINGO.- La subdirectora jurídica de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), Yorlin Vásquez, destacó detalles cruciales sobre la Ley 51-23 y su impacto en la eliminación de deudas fiscales de larga data.

La Ley 51-23, según Vásquez, es una herramienta transitoria que tiene como objetivo principal la fiscalización, gestión y recuperación de deudas fiscales. Esta ley especial estará en vigencia hasta el 20 de diciembre de este año y se creó para identificar fuentes de recaudación alternativas que respalden las nuevas metas del presupuesto extraordinario, además de reactivar a contribuyentes que quedaron inactivos debido a deudas impagables.

Vásquez aclaró que, si bien existen deudas fiscales de larga data, la mayoría de ellas no están prescritas, ya que la prescripción tributaria tiene causales de interrupción y suspensión. Los contribuyentes han pasado por recursos y notificaciones que han reiniciado el cómputo de la prescripción, por lo que estas deudas pueden considerarse antiguas pero no necesariamente prescritas.

“Teníamos una cartera de cobranza muy antiguas, pero no necesariamente con deudas prescritas y esa deuda ha crecido mucho por los recargas de intereses, la mayoría de esa deuda recae del año 2015 para atrás”, expresó Vásquez al ser entrevistada en el programa ‘Síntesis con Michael Hazim’, transmitido por la plataforma digital El Nuevo Diario TV. 

La subdirectora explicó el procedimiento de «prescripción de oficio» introducido por esta ley, destacando que los contribuyentes no tienen que solicitarla activamente. Esta prescripción se aplica automáticamente a impuestos de administración declarativa, donde el contribuyente llena declaraciones, como el Impuesto sobre la Renta y el ITBIS.