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jueves, 12 de septiembre de 2024

La visión cultural del Derecho.

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Por Carlos Julio Féliz Vidal

Lo ordinario es que el Derecho sea enseñado como un fenómeno normativo y no como un fenómeno cultural, de ahí que se produzcan déficits cognitivos que dificultan la compresión plena del Derecho en su doble dimensión  de ciencia y de instrumento de dominación.

La propia idea de norma que sirve de premisa al enfoque normativo del Derecho dificulta la comprensión del fenómeno, en tanto que en la sociedad humana hay varios fenómenos normativos como lo son la moral y la religión; Además, de que las normas sólo son una especie de las reglas y éstas dominan un amplio espectro de las actividades humanas, de donde resulta que se deba comprender la ambigua noción de regla para comprender la noción de norma;  distinguir entre ellas y luego diferenciar las normas  jurídicas de otras especies de normas, aún haciendo tales distinciones el Derecho parece reducirse a un manojo o conjunto de normas, lo que no facilita dominar conceptualmente la esencia del fenómeno.

He venido tratando la visión cultural del Derecho en trabajos dados a conocer en el extranjero y en la República Dominicana; como docente en la Universidad Autónoma de Santo Domingo en la "Cátedra de Derechos Especiales", he desarrollado una base teórica, especialmente en los "Cuadernos de Filosofía del Derecho y de Derecho Comparado" sobre el tema; igualmente, la introduje  en mi tesis oficial sobre el "Control Constitucional en España y en República Dominicana" por ante la Universidad Castilla de la Mancha.

La visión cultural del Derecho permite comprender el fenómeno jurídico como un producto de la cultura humana, y a la cultura como la actividad de los humanos, como una especie dotada de la capacidad de "transformar la naturaleza" y de "crear mundos paralelos" al que naturalmente existe en el planeta.

La cultura humana tiene múltiples dimensiones, una de esas dimensiones es el "mundo ideológico" donde la realidad sólo existe como concepto. El Derecho forma parte de ese mundo, el Derecho no existe en la naturaleza, nadie ha visto o  tocado una ley; el Derecho sólo existe a nivel conceptual, porque el Derecho es sólo un cuerpo de ideas que varían de acuerdo con la evolución social y los intereses de clase.

A menudo un estudiante de Derecho o un abogado confunde la ley con el "libro" donde aparece escrito. Si alguien quema el libro, que es un  medio, un formato físico, no estaría quemando la ley porque esta no tiene existencia física, sólo tiene existencia conceptual, de ahí que si los humanos desaparecen todos del planeta, con ellos terminarían los conceptos y, por lo tanto, también desaparecería el Derecho, los números y otras muchas construcciones conceptuales.

Hace falta replantear el Derecho más que a luz de las normas, a la luz de la cultura, porque las propias normas son un producto limitado de la cultura, a través de las cuales se limita, gobierna, regula y sanciona el comportamiento humano, a menudo de manera arbitraria, de ahí que el Derecho a la luz de la cultura es un fenómeno superior al fenómeno normativo, pudiendo por el influjo de un cuerpo de ideas obrar en la expulsión de las normas que quiebren la dignidad humana.

El Derecho debe satisfacer "necesidades humanas", ligadas al "orden social" y para lograr tal propósito se vale de normas. Los normas son un medio, no son el fin del Derecho, sin embargo, en el enfoque normativo esta "realidad" se confunde.