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viernes, 13 de junio de 2025

No fue homicidio involuntario, fue homicidio por comisión por omisión dolosa

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POR EDGAR GÓMEZ
Tomado de Facebook

Hoy exijo públicamente al Ministerio Público, que no se conforme con acusar por homicidio involuntario. ¡Eso sería una burla a nuestras muertes!

Los dueños del local fueron advertidos del riesgo por un empleado que pidió suspender la fiesta. Las pruebas están, y son respaldadas por todas las versiones que ustedes han recogidos. Ellos mismos admitieron conocer las grietas y filtraciones del techo desde hace años… ¡y aun así cobraron entrada y abrieron las puertas esa noche!

 Esto no fue un descuido: fue una decisión consciente, por omisión, sabiendo el peligro.

Exigimos la correcta tipificación penal bajo:

 • Art. 10: Homicidio por comisión por omisión dolosa
 • Art. 295: Homicidio voluntario por dolo eventual
 • Art. 405: Estafa agravada
 • Art. 319 (sólo o en forma subsidiaria)

También violaron normas de seguridad de la Ley 687-82 y la Ley 137-03.

No aceptamos una justicia simbólica. Queremos verdad, queremos responsabilidad, queremos justicia real.