Tomado de Facebook
Hoy exijo públicamente al Ministerio Público, que no se conforme con acusar por homicidio involuntario. ¡Eso sería una burla a nuestras muertes!
Los dueños del local fueron advertidos del riesgo por un empleado que pidió suspender la fiesta. Las pruebas están, y son respaldadas por todas las versiones que ustedes han recogidos. Ellos mismos admitieron conocer las grietas y filtraciones del techo desde hace años… ¡y aun así cobraron entrada y abrieron las puertas esa noche!
Esto no fue un descuido: fue una decisión consciente, por omisión, sabiendo el peligro.
Exigimos la correcta tipificación penal bajo:
• Art. 10: Homicidio por comisión por omisión dolosa
• Art. 295: Homicidio voluntario por dolo eventual
• Art. 405: Estafa agravada
• Art. 319 (sólo o en forma subsidiaria)
También violaron normas de seguridad de la Ley 687-82 y la Ley 137-03.
No aceptamos una justicia simbólica. Queremos verdad, queremos responsabilidad, queremos justicia real.