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jueves, 13 de noviembre de 2025

Facturación electrónica será obligatoria para cobrar al Estado

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SANTO DOMINGO: Las instituciones que contratan bienes y servicios deberán recibir exclusivamente facturas electrónicas para efectuar pagos, según una circular conjunta emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP).

La disposición, presentada por los directores Luis Valdez Veras y Carlos Pimentel, se fundamenta en la Ley 32-23 sobre Facturación Electrónica y la Ley 340-06 de Contrataciones Públicas.

Obligación para proveedores y adaptación de pliegos

La circular establece que todos los proveedores del Estado deben registrarse ante la DGII como emisores electrónicos y mantener su estatus regularizado para poder facturar y cobrar a las instituciones públicas. Las entidades contratantes, por su parte, deberán actualizar sus pliegos de condiciones para incorporar el requisito de facturación electrónica como parte integral del proceso de contratación.

Valdez Veras explicó que 611 grandes contribuyentes ya están obligados a emitir comprobantes fiscales electrónicos para todas sus operaciones y que el sector público deberá ajustarse completamente a este esquema:

"Esta circular que hoy firmamos reafirma el compromiso y consolida la coordinación interinstitucional (…) Se trata de un paso importante porque dispone que todas las entidades públicas deberán incluir en sus pliegos de condiciones los requisitos sobre contratación y pago de servicios".

Pimentel señaló que la medida apunta a fortalecer la trazabilidad y el control:

"Con esta medida fortalecemos la rendición de cuentas, facilitamos la interoperabilidad entre las instituciones y contribuimos a una Administración pública más moderna y responsable con los recursos del Estado".

Alcances de la circular y marco normativo aplicable

El documento instruye a las instituciones contratantes a incluir en la sección “Condiciones de Pago y Retenciones” la obligatoriedad de emitir facturas electrónicas, conforme al artículo 20 de la Ley 340-06 y al numeral 4 del artículo 3, que establece el principio de economía y flexibilidad en la contratación pública.

La circular especifica que tanto los proveedores como las entidades del Estado deben garantizar la adecuada emisión y recepción de las facturas electrónicas siguiendo las normas tributarias y de compras públicas vigentes. El texto oficial ya está disponible en el portal institucional de la DGCP.