Y “aunado a las infracciones internacionales, el procedimiento vulnera el derecho constitucional norteamericano, ya que se ignoró el debido proceso de la Quinta Enmienda y se aplicaron castigos crueles prohibidos por la Octava Enmienda”.
NEIBA, Bahoruco. -El secuestro de Nicolás Maduro Moros y su esposa Cilia Flores representa una de las violaciones más graves al orden jurídico internacional, ya que ambos fueron privados de libertad por agentes militares estadounidenses fuera de todo marco legal, a juicio del abogado Simón Bolívar Nina, quien es egresado de centros de estudios universitarios de Estados Unidos.
Hablando aquí con personas interesadas en conocer sobre el estatus legal de la pareja presidencia venezolana, el jurista apuntó: “Aunado a las infracciones internacionales, el procedimiento vulnera el derecho constitucional norteamericano, ya que se ignoró el debido proceso de la Quinta Enmienda y se aplicaron castigos crueles prohibidos por la Octava Enmienda”.
Nina sostiene que otro acto que agrava la acción del secuestro es que ese “acto ocurrió en tiempo de paz y sin el consentimiento del Estado venezolano, por lo que esta incursión coercitiva vulnera flagrantemente el Artículo 2.4 de la Carta de la ONU sobre la soberanía estatal.” La ausencia de una orden judicial válida invalida cualquier proceso penal iniciado, transformando esta detención en un acto de agresión ilegal que socava los cimientos de la justicia global”, subrayó.
Y agregó: “La inmunidad presidencial "ratione personae" es un principio absoluto que impide que un mandatario en ejercicio sea juzgado por tribunales extranjeros, tal como establece la jurisprudencia de la Corte Internacional de Justicia, puesto que la diputada Cilia Flores fue víctima de una golpiza brutal que le ocasionó fracturas costales, se ha incurrido adicionalmente en una violación de la Convención contra la Tortura”.
Nina entiende que “este uso de la fuerza desmedida contra una autoridad parlamentaria refuerza la nulidad de cualquier actuación judicial posterior. En consecuencia, el Estado ejecutor asume una responsabilidad penal internacional por crímenes que no admiten eximentes de seguridad nacional ni lucha contra el crimen.
