SANTO DOMINGO: El Senado de la República declaró de urgencia y aprobó en dos lecturas consecutivas un proyecto de ley que elimina las sanciones penales aplicables a alcaldes y otros funcionarios municipales que incumplan la distribución de los recursos recibidos por concepto de transferencias del Presupuesto General del Estado.
La iniciativa, aprobada a unanimidad de los senadores presentes, también modifica el límite de gasto en nómina y personal, al ampliar de un 30 % a un máximo de 75 % el porcentaje permitido para gastos corrientes, que incluye pagos de personal fijo y contratado, funcionamiento institucional, mantenimiento y ejecución de actividades municipales.
El proyecto fue sometido por el senador Aneudy Ortiz, del Partido Revolucionario Moderno (PRM), representante de San José de Ocoa, y será remitido a la Cámara de Diputados para su estudio y eventual aprobación.
La propuesta introduce cambios al artículo 21 de la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios, modificada por la Ley 75-25, que actualmente establece una distribución específica del gasto corriente: 30 % para personal, 40 % para funcionamiento y servicios, y 5 % para educación, salud y género, manteniendo un 25 % para inversión.
Con la modificación, los gobiernos locales podrán destinar hasta el 75 % de las transferencias del Estado a gastos corrientes, conservando dentro de ese monto el 5 % obligatorio para programas de educación, salud y equidad de género, mientras que el 25 % restante deberá utilizarse para inversión y capital, bajo criterios más estrictos de regulación.
El nuevo marco legal detalla que los gastos corrientes abarcarán el pago de nómina, remuneraciones de funcionarios electivos, personal administrativo y operativo, así como los costos de funcionamiento y mantenimiento de los servicios municipales.
En cuanto al régimen sancionador, la iniciativa sustituye las penas de prisión y multas contempladas en la legislación vigente por un sistema de sanciones administrativas. La ley actual establece condenas de hasta cinco años de cárcel, multas e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas en casos de violación presupuestaria.
El proyecto elimina la acción penal ciudadana y el rol sancionador directo de la Cámara de Cuentas, aunque mantiene la responsabilidad administrativa de los funcionarios municipales, así como del tesorero y el contralor, en caso de incumplimiento o falta de denuncia.
La pieza legislativa también prohíbe expresamente transferir recursos destinados a inversión y capital hacia gastos corrientes, estableciendo que su violación será sancionada conforme a lo que disponga la ley administrativa.
Asimismo, excluye de estas disposiciones los fondos establecidos en la Ley 98-25 de Residuos Sólidos, que asigna a los ayuntamientos un monto por habitante, recursos que solo podrán utilizarse para la gestión, recolección y equipamiento relacionados con el manejo de desechos sólidos.
