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viernes, 20 de agosto de 2021

Sin Contralor Municipal el Ayuntamiento de Barahona.

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Por Modesto Peña

Luego de la suspensión del Contralor Municipal del Ayuntamiento de Barahona, licenciado Henry Guevara, desde el mes de Mayo del 2021 y posteriormente cancelado por el alcalde de Barahona, por supuestas conversaciones con ex empleados desvinculados de esa Alcaldía a través del chat privado del Contralor Guevara, jaqueado a su cuenta, sin una orden competente de un Juez Judicial, esa alcaldía está manejando los aspectos financieros sin una firma competente. 

Esa es la gran gravedad a que se refieren varios munícipes sobre la presente gestión que Administra los Bienes Públicos del Municipio, la Alcaldía de Barahona, no sabemos cuáles son las magias que realizan en el aspecto financiero para cumplir con los compromisos de pagos con el Comercio Local, sin estar visado por el funcionario competente, que es el que debe avalar los pagos. 

Dicen munícipes de Barahona, los cuales conversan en los parques recreativos Francisco Alberto Caamaño Deñó, los Sueros, Baitoíta, Imbert, Plazoleta Duarte, Parque Central, playas Punta Inglesa, Saladillas y Casita Blanca, ¿cómo se justifican los libramientos de pagos del Presupuesto Municipal, que se deben hacer cada mes, con la ausencia del principal funcionario de ese Ayuntamiento, que lleva más de cuatro meses cancelados? 

Advirtieron varias entidades sociales de esta ciudad, luego de ser juramentadas el 24 de Abril del 2020, las nuevas autoridades para dirigir los destinos del Municipio de Barahona, para un periodo constitucional 2020-2024, ha venido violando la Ley 176-07, sobre Distrito Nacional, municipios y Distritos municipales, la Constitución de la República y sus leyes conexas, en perjuicio del bienestar y desarrollo de Barahona. 

Le recordamos al incumbente del Ayuntamiento de Barahona, que los artículos 154, 266 y otros, son claros para la selección del Contralor Municipal, que debe ser a través de concurso público, publicado en un periódico de circulación nacional, dos veces, recibir un examen oral y escrito, y el de la mejor calificación debe ser designado por el Concejo de Regidores.