SANTO DOMINGO: El abogado Víctor Eddy Mateo calificó este jueves como un fallo “trascendental” la reciente decisión del Tribunal Constitucional que declara discriminatorio imponer sanciones disciplinarias o impedir el ingreso a las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional por razones de orientación sexual.
Durante su intervención en el programa El Sol de la Mañana, el jurista sostuvo que la sentencia corrige una práctica histórica de exclusión y se alinea con el principio constitucional de dignidad humana.
Mateo, sin embargo, resaltó el voto disidente de la magistrada Eunice Vázquez Acosta, con el que dijo coincidir, al considerar que la acción directa de inconstitucionalidad debió ser rechazada por carecer de objeto, recordando que una ley previa ya había derogado las disposiciones cuestionadas.
“Yo acojo ese voto porque demuestra que no era necesario llevar este tema al Tribunal; pero en el fondo, toda sanción por orientación sexual es discriminatoria”, expresó.
Interrogantes
El abogado también advirtió que la sentencia genera interrogantes sobre el régimen disciplinario de los cuerpos castrenses, ya que, según dijo, el artículo 40.17 de la Constitución limita a la administración pública la imposición de sanciones privativas de libertad, lo que obliga a revisar cómo se aplican las medidas internas de corrección sin afectar la disciplina institucional.
En el mismo espacio, Mateo abordó otros temas jurídicos relevantes, como la reciente aclaración del Ministerio de Cultura sobre los límites sancionadores de la Comisión de Espectáculos Públicos; la controversia por el contrato para la nueva cédula; la reiteración del Tribunal Constitucional sobre la inconstitucionalidad de artículos de la Ley 6132; y los atrasos legislativos en la aprobación del nuevo Código Penal.
Límites sancionadores de la Comisión de Espectáculos Públicos
Sobre este tema Víctor Eddy Mateo destacó que, el propio Ministerio de Cultura aclaró recientemente que la Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía no tiene facultad legal para imponer sanciones a medios de comunicación, ni tradicionales ni digitales. Recordó que el principio de reserva de ley impide que un reglamento administrativo establezca penas, por lo que cualquier medida debe basarse en una normativa aprobada por el Congreso, no por disposiciones internas.
El abogado consideró positiva la aclaración oficial, ya que, según explicó, durante años la Comisión aplicó sanciones sin competencia normativa para hacerlo. Indicó que los esfuerzos del Estado deberían concentrarse en fortalecer la educación y la promoción de valores, en lugar de recurrir a mecanismos punitivos que no encuentran respaldo en la legislación vigente.
Controversia por el contrato para la nueva cédula
Mateo también se refirió al debate jurídico generado por el contrato para la producción de la nueva cédula, cuestionado por la Fundación Justicia y Transparencia. Señaló que el reclamo central del jurista Trajano Vidal Potentini apunta a posibles riesgos para la soberanía y a antecedentes problemáticos de la empresa adjudicataria en otros países, lo que ha motivado una solicitud de nulidad del acuerdo.
Indicó que, según la Junta Central Electoral, solo una empresa cumplió con los requisitos técnicos del proceso, lo que explica la selección final. Sin embargo, Mateo afirmó que las inquietudes planteadas ameritan revisión y transparencia absoluta, ya que se trata de un documento de identidad de alto impacto y de un contrato público que debe responder tanto a criterios técnicos como a garantías de seguridad nacional.
Reiteración del TC sobre la Ley 6132
El jurista explicó que el Tribunal Constitucional debió reiterar recientemente su precedente de 2016, que había declarado inconstitucionales varios artículos de la Ley 6132 sobre expresión y difusión del pensamiento. Recordó que, pese a ese fallo, en 2018 la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte condenó a una persona por difamación bajo disposiciones que ya habían sido invalidadas.
Mateo calificó como grave que una alta corte ignore una sentencia que es vinculante para todos los poderes del Estado. Dijo que la insistencia del TC en reafirmar su precedente busca corregir una violación constitucional y reafirmar que las penas de prisión por injuria y difamación resultan contrarias al régimen democrático y al marco de derechos fundamentales.
Atrasos en la aprobación del nuevo Código Penal
Sobre el nuevo Código Penal, Mateo criticó que el Congreso haya dejado vencer prácticamente el plazo otorgado por el Tribunal Constitucional para corregir el trámite legislativo. Explicó que el Senado ya aprobó el proyecto en dos legislaturas, pero la Cámara de Diputados ha solicitado al propio TC una extensión del plazo, petición que calificó como improcedente e injustificada.
El abogado afirmó que los retrasos ponen en riesgo la entrada en vigencia del Código Penal previsto para 2026, lo que dejaría al país en una situación de incertidumbre jurídica. Señaló que existen más de 50 acciones directas de inconstitucionalidad contra el texto ya aprobado, por lo que el Congreso debe actuar con urgencia, claridad y responsabilidad para garantizar un instrumento penal coherente y aplicable.
