BARAHONA: El doctor Víctor Emilio Santana Florian ratificó formalmente la acusación contra el alcalde del municipio de Cabral, Rolbik Urbáez, por incurrir en el presunto delito de desacato frente a los requerimientos legales emitidos por la Magistrada del Tribunal Especial de Tránsito del Distrito Judicial de Barahona.
Según las declaraciones de Santana Florian, la situación se agrava ante la postura de protección que el ejecutivo municipal ha asumido frente al señor Esteban Lima, operador de un equipo pesado (Gredar), quien actualmente cuenta con una orden de conducencia activa.
El jurista señaló que, pese a los múltiples llamados de la justicia, el operador no ha comparecido, contando supuestamente con el respaldo del alcalde bajo el argumento de que el vehículo pesado poseía la documentación necesaria para transitar.
"La ley es la ley y nadie está por encima de ella", manifestó enfáticamente Santana Florian. Asimismo, precisó que el conductor del Gredar violó flagrantemente los artículos 216 y 217 de la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana.
Documentación judicial respalda la denuncia
Los expedientes y actas de citación (como el Acto No. 865/2026) revelan que la Procuradora Fiscal del Juzgado de Paz Especial de Tránsito de Barahona, Licda. Angela Matos Matos, ha emitido citaciones formales tanto para el alcalde como para el personal involucrado. Los documentos advierten de manera clara que, ante la incomparecencia, se procederá con órdenes de arresto y el uso de la fuerza pública para garantizar la presencia de los citados ante el tribunal.
El caso surge a raíz de un accidente ocurrido el pasado 20 de febrero de 2026 en las inmediaciones de la estación de combustible en perjuicio de la compañia "Black Costa Service", representada por Cruz Rafaela Gómez Feliz.
Hasta la fecha, las autoridades judiciales mantienen el proceso abierto, a la espera de que el gobierno municipal de Cabral cese la supuesta obstrucción y permita que el proceso legal siga su curso correspondiente.
